¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTA AYUDA?
-Personas físicas que realicen una actividad empresarial o profesional como trabajadores autónomos que cumplan los requisitos que se relacionan a continuación:
- Que en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda sean beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos,
- Que se encuentren desempleadas en la fecha de efectos de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que aparezca en la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Que no hayan resultado beneficiarias de las subvenciones o ayudas reguladas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de trabajo autónomo.
¿CUANTO?
– Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años: 5.000 euros
– Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: 5.000 euros
– Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: 3.800 euros
– Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: 3.800 euros
FINALIDAD
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años.
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos menores de 30 años.
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más.
- Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos de 30 años o más.
PLAZO
Plazo de Solicitud: Hasta el 1 de octubre de 2021
O Llámanos al 955 22 61 37